Menores en verano o vacaciones.

A veces, se nos presentan situaciones que no están reguladas en un procedimiento de divorcio o de guarda y custodia. Un ejemplo de ello son dudas relacionadas con los periodos vacacionales de los hijos menores, puesto que la Sentencia o el Convenio no son detallados y puede dar lugar a malos entendidos. 

Durante el periodo vacacional los padres disfrutan de compañía de sus hijos, por lo que debemos facilitar  que el otro progenitor pueda comunicarse con ellos, vía telefónica, o a través de las nuevas tecnologías.

Durante este periodo, el progenitor que habitualmente no convive con los menores se convierte en custodio, siendo responsable de los menores ya que están a su cargo (como en los fines de semana que le corresponden, etc). Cada progenitor va a decidir como desea pasar estos días: si los menores van de campamento, si pasan el verano con los abuelos, si viajan… Excepto en actividades que puedan poner en peligro la integridad del menor, el otro progenitor no puede inmiscuirse en estas decisiones.  Ello no quiere decir que no se le tenga que comunicar nada. No está de más, comunicar al otro progenitor donde van a estar los menores, a los efectos informativos y para que, en su caso, pueda comunicarse con ellos. Estas actividades que cada progenitor decide hacer con los menores en su tiempo de verano, serán de su cargo en exclusiva . No puede exigir al otro progenitor que satisfaga cantidad alguna por dichas actividades.

Otra cuestión es que durante las vacaciones, el abono de los alimentos de los menores sigue vigente. Que los menores pasen más de un mes con el progenitor no custodio no choca para nada con la satisfacción de los alimentos ya que, cuando se establece la misma, ya se ha computado esta situación. Se valora lo que corresponde a todo el año y se reparte en doce meses. Por lo tanto, los alimentos se pagan igualmente durante las vacaciones de verano aunque no hay colegio y los menores estén con el progenitor pagador.

También otra cuestión muy debatida ¿Puede el progenitor no custodio viajar al extranjero con los menores? No existe problema alguno para ello. No es necesario consentimiento del progenitor custodio. Sólo en los supuestos en que se ha dictado una prohibición explícita al respecto, por riesgo de sustracción de menores, será cuando quede limitada la salida del país.